El Derecho tiene una especie de ficción ya que considera que todas las personas somos iguales y se nos debe tratar como iguales. Desde el feminismo, sabemos que no es así, que las normas y las instituciones claramente no están al servicio de las mujeres, quienes hemos sido excluidas e invisibilizadas por lo que frecuentemente tenemos que decir ¡Aquí estamos!
Hay que nombrar la especificidad de los derechos de las mujeres
Las normas pueden ser una herramienta de transformación social. Particularmente cuando las normas son instrumentos que permiten la desautorización de conductas que son contrarias a los derechos de las mujeres, que vulneran su dignidad, integridad, libertad, etc.
Para entender las dificultades en el goce de los derechos humanos de las mujeres es importante conocer y analizar los componentes del Sistema Legal, aporte de Alda Faccio, los cuales son:
- Formal-Normativo: Son las leyes, normas, lo que está escrito como instrumentos jurídicos. 2) Estructural: Se refiere al contenido que le dan tribunales, legisladores y las autoridades en general a esos instrumentos; es la interpretación, el proceso mental que se hace para entender dichas normas, el cual está permeado por la cultura y lo interpretado puede ser lo contrario a la intención con que fue escrita la norma.
- Político-Cultural: Es el contenido que se va dando a la ley, tiene que ver con las costumbres, tradiciones, actitudes, que permean en una sociedad; incluso tiene que ver con leyes y normas que fueron derogadas pero existe en el imaginario social su aplicación, tanto en autoridades como en la sociedad.
Las y los periodistas y comunicadores se encuentran en el componente político-cultural y es desde ahí que con base en su interpretación, reportan, investigan, analizan, escriben, informan, comunican.
Por lo anterior, corresponde a periodistas y comunicadores la labor de traducir a un lenguaje más accesible para la población esa normatividad, leyes y contenidos de los derechos humanos de las mujeres.
Ejemplo:
Cuando las mujeres tienen la intención de huir de una situación de violencia y su agresor amenaza con denunciarlas por abandono de hogar, lo que por temor las hace abandonar su intención; no saben que salir o huir de una situación de violencia es su derecho a vivir libre de violencia, que el abandono de hogar no es un delito; y esta idea prevalece en la sociedad.
Karla Micheel Salas Ramírez, Es abogada, feminista, experta en litigio estratégico, presidió la Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD), obtuvo el Premio Europeo en Derechos Humanos, formó parte del equipo impulsor del Caso Campo Algodonero ante la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, caso emblemático de violencia contra las mujeres y en particular de feminicidio.
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